Blog

BOLETÍN SEGURIDAD ALIMENTARIA SEPTIEMBRE AGOSTO 2020

ESPAÑA

CONSULTA PÚBLICA SOBRE DESARROLLO SOSTENIBLE EN ESPAÑA.

La Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, ha lanzado un proceso de consulta para que el sector empresarial pueda contribuir a la próxima Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, incluyendo una encuesta.

Esta Estrategia será el marco para la acción durante los próximos 10 años para implementar los ODS en España. Identificará las prioridades y orientará las políticas y actuaciones necesarias en España para emprender las transformaciones que el desarrollo sostenible demanda y abordar la reconstrucción del país tras la crisis causada por la COVID-19.

Consulta Empresarial Agenda 2030

UNIÓN EUROPEA

EFSA: MATERIALES DESTINADOS A ENTRAR EN CONTACTO CON LOS ALIMENTOS.

La CE solicitó a la EFSA que identificara aquellas sustancias que requieren un LME para garantizar que la autorización proteja suficientemente la salud, agrupándolas en prioridad alta, media y baja para que sirvan de base para futuras reevaluaciones de sustancias individuales.

La EFSA concluyo que:

  • Este procedimiento de priorización se aplicó a un total de 451 sustancias, de las cuales se eliminaron 78, pues previamente habían sido evaluadas por la EFSA como sustancias en contacto con alimentos.
  • Para 89 sustancias, el Panel concluyó que no debería ser necesario un LME. Se encuentran en las listas 0 y 1 del Comité Científico de Alimentos, definidas como sustancias para las que no es necesario establecer una Ingesta Diaria Aceptable, junto con las que están controladas por restricciones existentes y/o límites genéricos.
  • De las 284 restantes, 179 se colocaron en el grupo de baja prioridad, 102 en el de prioridad media y 3 en el de alta prioridad: Ácido salicílico (MCA nº 121), Estireno (MCA nº 193) y Laurato de vinilo (FCM nº 436).
  • Para este último, el Panel recomienda incluirlo de forma temporal en la restricción de grupo nº (1) con un LME de 6 mg/kg de alimento, expresado como acetaldehído, pendiente una evaluación completa.

Reglamento sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos

EFSA: DICTAMEN CIENTÍFICO SOBRE GLICOALCALOIDES EN PATATAS.

La EFSA ha publicado un Dictamen científico relativo a la evaluación de los riesgos para la salud humana y animal relacionados con la presencia de glicoalcaloides en alimentos y piensos, concretamente en patatas y productos derivados. Del dictamen se destaca que:

  • Hay diferentes tipos de glicoalcaloides, siendo los predominantes en la patata la αsolanina y α-chaconina y su concentración depende de factores como la variedad, la madurez y otros factores ambientales. Las concentraciones de glicoalcaloides son de 3 a 10 veces más grandes en la cáscara que en el interior.
  • Las condiciones de almacenamiento (luz y temperatura), son responsables directos de un aumento de solanina, siendo la tasa de formación de glicoalcaloides en oscuridad sólo del 20 % de la tasa de formación de las patatas expuestas a la luz.
  • En humanos, los efectos tóxicos agudos de los glicoalcaloides de la patata (α-solanina y α-chaconina) provocan síntomas gastrointestinales perjudiciales por su ingesta en cantidad de 1 mg/kg del peso corporal o más.
  • En la caracterización del riesgo, EFSA utiliza el enfoque del margen de exposición (MOE) para evaluar un posible problema de salud debido a la exposición aguda a los glicoalcaloides de patata a través de los alimentos, considerando que un MOE superior a 10 indica que no existe ningún problema de salud.

Risk assessment of glycoalkaloids in feed and food

EFSA: SOLICITUD DATOS ANALÍTICOS Y/O NIVELES DE USO DEL ADITIVO ASPARTAMO (E 951) EN ALIMENTOS Y BEBIDAS.

Tras la solicitud estos datos referentes al Aspartamo, el Panel de EFSA recomendó el lanzamiento de una convocatoria pública de datos de concentración (uso y niveles de uso) para el aspartamo (E 951) que pudiera complementar los ya recibidos para la Sal de aspartamo y acesulfamo (E 962) en respuesta a la solicitud anterior emitida en 2018.

El plazo para responder a la convocatoria finaliza el 1/10/2020.

Call for Aspartame (E 951) use level and/or analytical data in food and beverages intended for human consumption

CÓDIGO DE CONDUCTA DE NEGOCIO RESPONSABLE Y PRÁCTICAS DE MARKETING.

En la Estrategia F2F la Comisión anunciaba la aprobación de un Código de Buenas Practicas a nivel UE, entendiendo que “la industria y el retail deben abrir el camino para incrementar la disponibilidad de opciones saludables y sostenibles para reducir la huella medioambiental del sistema alimentario”.

Aunque es una iniciativa que ha de salir de los sectores, Timmermans, encargado directamente del desarrollo del Código, ha dejado claro que debe estar listo para su presentación en el UN Food System Summit de 2021 y la Tokyo Nutrition Summit, eventos globales previstos para el tercer trimestre de 2021.

La Comisión espera abordar en el Código los siguientes asuntos:

  • Reformulación de productos en línea con recomendaciones de dietas saludables y sostenibles;
  • Reducción de la huella medioambiental y del consumo energético a través de una mayor eficiencia;
  • Adaptar las estrategias de comunicación a las necesidades de los más vulnerables;
  • Asegurar que las campañas de precios no socavan la precepción del ciudadano sobre el valor de los alimentos;
  • Reducir los envases en línea con el plan de acción de Economía Circular.

En breve empezarán los trabajos de la Comisión, y varias Organizaciones a nivel UE ya están elaborando sus primeras contribuciones.

ETIQUETADO DE SOSTENIBILIDAD. FRANCIA LANZA UN PROYECTO PILOTO NACIONAL.

El ministerio de Agricultura y Alimentación de Francia ha lanzado un concurso público abierto a agentes sociales para un acceso a la información medioambiental fiable y legible. Los modelos se testarán durante varios meses para analizar los efectos sobre la elección del consumidor y su capacidad para orientarle hacia un consumo más respetuoso con el medioambiente.

El concurso se dirige a empresas agrarias y alimentarias, retail, restauración colectiva, asociaciones, equipos de investigación y empresas tecnológicas.

Se espera que las contribuciones permitan sacar a la luz indicadores agregados (por producto, por plato…), formatos de presentación (logos, colores), formas de aplicación, comprensión por parte del consumidor…, y se desarrollarán en paralelo a un comité de seguimiento con representantes gubernamentales (Agricultura, Economía y Finanzas, Agricultura, Transición Ecológica).

Francia toma de esta forma la delantera a nivel UE en la materia.

Ouverture de l’appel à candidatures pour l’expérimentation de l’affichage environnemental des produits alimentaires

ROAD MAP PARA LA REDUCCIÓN DE EMISIONES DE METANO ANTES DE OCTUBRE.

La Comisión presentará un Road Map que encaja dentro del Green Deal para la reducción de las emisiones de metano, como primer paso para desarrollar una Estrategia al respecto antes de finales de octubre.

Se centra en tres sectores: agricultura, gestión de residuos y energía (en este último es donde los trabajos están más avanzados). El metano es el segundo GEI después del CO2, y el origen de sus emisiones está en estos tres sectores.

La agricultura contribuye con más de la mitad de las emisiones de metano, originada por la fermentación entérica, la gestión del abono y el cultivo del arroz. No se pueden reducir a cero, pero lo importante es contar con instrumentos para su seguimiento, verificación e información sobre las medidas de reducción que los EM habrán de poner en marcha.

De momento el objetivo se centra en identificar las principales áreas de acción para reducir las emisiones de metano en estos sectores, en línea con la revisión en curso de los Planes 2030 de Objetivos Clima UE. Pretende proponer medidas para la reducción, captura y gestión de residuos para uso potencial como fuente de energía, reducir las fugas, potenciar las nuevas tecnologías…

En el caso de la agricultura se habla de tecnologías de mitigación (dietas, gestión animal, gestión de abonos: aplicación como fertilizante y generación de biogás) que ya existen, pero que habrá que implantar y desarrollar de manera generalizada.

INTERNACIONAL

TRABAJOS CODEX SOBRE FRAUDE ALIMENTARIO.

El Comité Codex sobre Sistemas de Inspección y Certificación Importación / Exportación (CCFICS) lleva desde 2016 barajando la oportunidad de incluir en sus trabajos el control del fraude alimentario, y compartiendo información sobre los diferentes sistemas nacionales en la materia.

En la última reunión (en mayo) se discutieron temas del mayor interés, como:

  • Identificar los puntos vulnerables de los sistemas nacionales de control para prevenir el fraude y/o la adulteración intencionada de alimentos, y las medidas administrativas especiales a poner en marcha para evitarlos.
  • Criterios para la retirada de productos y el rol de las administraciones y los operadores.
  • Necesidades de trazabilidad.
  • Identificación de productos de alto riesgo, y métodos de análisis y especificaciones de producto para la verificación de la autenticidad.
  • Verificación de la cadena de suministro.
  • Instrumentos predictivos de lucha contra el fraude.
  • Mayor transparencia en la cadena alimentaria.
  • Control y autenticidad de los certificados.
  • Uso de nuevas tecnologías, incluidos los códigos de barras y QR, blockchain, radiofrecuencia.
  • Fraude en el etiquetado.
  • Protección de las Indicaciones Geográficas.

El acuerdo propicia lanzar los trabajos para una Recomendación.

LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE ESPECIFICACIONES MICROBIOLÓGICAS EN ALIMENTOS (ICMSF) HA PUBLICADO LA OPINIÓN CIENTÍFICA: “ICMSF OPINION ON SARS-COV-2 AND ITS RELATIONSHIP TO FOOD SAFETY”.

Esta opinión coincide con lo ya expresado por EFSA y otras autoridades alimentarias nacionales como la AESAN, indicando que es muy improbable que la ingesta de SARS-CoV-2  de lugar a la enfermedad. A día de hoy, no hay ninguna evidencia documentada que afirme que los alimentos sean una fuente o una vía de transmisión del SARS-CoV-2.

También establece que teniendo en cuenta que, hasta la fecha, no hay casos probados o asociaciones científicas entre el consumo de alimentos y la COVID-19, es muy poco probable que el SARS-CoV-2 constituya un riesgo para la seguridad alimentaria. Hay relativamente pocos informes acerca de la presencia del virus SARS-CoV-2 en productos alimenticios, sus ingredientes o materiales de embalaje.

ICMFS opinion on SARS-CoV-2 and its relatioships to food safety

Boletín Seguridad Alimentaria Agosto 2020

ESPAÑA

INFORME SOBRE EL ETIQUETADO FRONTAL DE LOS ALIMENTOS. NUTRISCORE.

La Fundación Triptolemos (www.triptolemos.org) ha publicado un informe sobre el etiquetado frontal de alimentos, tomando como base el sistema Nutri-Score en su última versión.

En el informe hacen consideraciones generales del sistema alimentario y del FOP, y consideraciones específicas de Nutri-Score, entre las cuales:

  • La aplicación de una etiqueta nutricional «frontal» mejora la visibilidad pero puede inducir al consumidor a confusión. Tampoco constan estudios sobre la influencia real que puede tener el uso del etiquetado frontal en la salud.
  • Por lo general, los consumidores no disponen de conocimientos suficientes para interpretar y escoger adecuadamente los productos alimenticios que adquieren.
  • Las necesidades nutricionales son distintas para cada individuo.
  • El modelo también puede inducir al consumidor a confusión pues puede calificar como negativo a algún producto con semáforo rojo o en su caso, carente de valoración.
  • Etiquetar un alimento individual como bueno, menos bueno o malo es una aproximación que no se ajusta a lo aceptado hoy en día por las distintas guías nutricionales publicadas en diferentes países.
  • Se aplica solo a productos envasados.
  • Sólo está indicado para la comparación de productos dentro de una misma categoría, pero no permite la comparación entre productos no similares.
  • No se considera el valor nutricional o la densidad de nutrientes, y está dirigido a una población con abundancia en la disponibilidad de alimentos y con problemas de malnutrición por sobre-ingesta calórica.
ESTUDIOS PROSPECTIVOS DE AESAN: NUEVA SECCIÓN WEB.

La AESAN realiza estudios analíticos de vigilancia sobre alimentos comercializados en el territorio español al objeto de obtener datos sólidos de potenciales riesgos para la salud. En muchos casos, se trata de riesgos emergentes, poco conocidos y siempre enfocados a la realidad del mercado nacional.

Ahora, todos los informes están disponibles en la Web, pudiendo servir de referencia para todos los interesados en cuestiones de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Estudios prospectivos seguridad alientaria

UNIÓN EUROPEA

LA EFSA PUBLICA UNA OPINIÓN CIENTÍFICA SOBRE GLICOALCALOIDES EN PATATAS: EVALUACIÓN DE RIESGO PARA EL CONSUMIDOR

La EFSA ha publicado una Opinión Científica sobre la evaluación de los riesgos para la salud humana y animal relacionados con la presencia de glicoalcaloides en alimentos y piensos, concretamente en patatas y productos derivados.

Basándose en los últimos conocimientos disponibles, la EFSA obtuvo un LOAEL (nivel de efecto adverso más bajo observado) de 1 miligramo/ kilogramo de peso corporal/ día, como punto de referencia para establecer el riesgo después de una exposición aguda. Esto equivale a la dosis más baja a la que se observan efectos no deseados.

Noticia 2020 Glicoalcaloides

LA EFSA HA ABIERTO A CONSULTA PÚBLICA EL PROYECTO DE DICTAMEN CIENTÍFICO SOBRE LA SEGURIDAD DE LAS SEMILLAS DE CHÍA (SALVIA HISPANICA L.) SUJETAS A PROCESAMIENTO TÉRMICO

La EFSA lanzó una Consulta sobre su borrador de dictamen científico para la seguridad de las semillas de chía sujetas a procesamiento térmico en relación con la formación de contaminantes de proceso como un nuevo alimento para usos prolongados. El documento analiza la seguridad de las semillas de chía para usos prolongados cuando se someten a tratamiento térmico a temperaturas superiores a 120 ° C.

Thermal processed Chia seeds

LUCHA CONTRA EL FRAUDE ALIMENTARIO: LA EUROPOL-INTERPOL HA PUBLICADO LOS RESULTADOS DE LA OPERACIÓN OPSON / OPSON IX

Se ha publicado la información sobre la operación OPSON 2020 – Europol / Interpol, Comisión Europea, OLAF, EUIPO y EM (entre  diciembre 2019 y junio 2020), con los siguientes resultados:

  • Desmantelamiento de 19 grupos y arresto de 406 personas.
  • 26.000 comprobaciones.
  • Incautación de 5.000 Ton de producto.
  • La mayor requisa fue de bebidas alcohólicas (vino y vodka), cereales y derivados, café y té, condimentos (azafrán 90 kg en España, 7 en Bélgica).
  • En Bulgaria, 320 Ton de productos lácteos de calidad inferior, 149 Ton de aceite de oliva en Grecia.

Por otro lado, INTERPOL ha analizado los efectos del fraude alimentario global durante el COVID19, y se deduce que:

  • El nivel de producto en mal estado / de calidad inferior reintroducido en la cadena alimentaria ha crecido.
  • Las bebidas alcohólicas siguen estando al frente del fraude.
  • incrementa la falsificación de certificados y pasaportes (carne de caballo,  pescado de Asia declarado como equipos de protección).

OVER €100 MILLION WORTH OF FAKE FOOD AND DRINKS SEIZED IN LATEST EUROPOL-INTERPOL OPERATION

Food fraud in times of Covid-19

INTERNACIONAL

LA FAO PUBLICA EL INFORME SOBRE EL ESTADO DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Y LA NUTRICIÓN EN EL MUNDO (2020)

El  informe  ha sido elaborado conjuntamente por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

El informe de este año se ha titulado “Transformación de los sistemas alimentarios a fin de proporcionar dietas saludables y asequibles para todos” y complementa la evaluación habitual del estado de la seguridad alimentaria y la nutrición en el mundo con proyecciones de cómo sería el mundo en 2030 si continúan las tendencias de los 10 últimos años.

Los datos recogidos en el informe confirman el aumento paulatino del hambre desde 2014 (690 millones de personas en 2019). Mientras se estancan los progresos en la lucha contra el hambre, la pandemia de COVID-19 intensifica las causas de vulnerabilidad y las deficiencias de los sistemas alimentarios mundiales y se estima que, como mínimo, otros 83 millones de personas, y quizá hasta 132 millones, pueden empezar a padecer hambre en 2020 como resultado de la recesión económica desencadenada por la COVID-19.

Informe SOFI 2020

REINO UNIDO LANZA UN PLAN PARA COMBATIR LA OBESIDAD Y VENCER AL CORONAVIRUS

El gobierno británico ha lanzado un nuevo paquete de medidas y la campaña ‘Better Health’ para ayudar a las personas a perder peso, pues según el Servicio Nacional de Salud la obesidad es un grave problema: casi dos tercios (63 %) de los adultos en Inglaterra tienen sobrepeso o viven con obesidad, y uno de cada tres niños sale de la escuela primaria con sobrepeso u obesidad.

La prevalencia de obesidad es más alta entre los grupos más desfavorecidos de la sociedad y  los niños de familias de clase media-baja y baja tienen el doble de probabilidad de ser obesos que sus compañeros que viven en las zonas ricas, lo que provoca  desigualdad de salud en la infancia.

El Departamento de Salud afirma que cerca del 8 % de los pacientes críticos con COVID-19 en UCI han sido obesos mórbidos, en comparación con el 2,9 % de la población general, justificando así el vínculo con un mayor riesgo de COVID-19. También afirman que las enfermedades relacionadas con la obesidad le cuestan al NHS 6 mil millones de libras al año.

Se trata de una iniciativa novedosa porque es la primera que liga obesidad con la enfermedad COVID-19, y también porque incluye al alcohol en los planes contra la obesidad junto a la revisión del etiquetado frontal, información nutricional en Horeca y limitaciones a la publicidad.

Tackling obesity: empowering adults and children to live healthier lives

INCIDENCIAS GRAVES EN LA RASFF. RESUMEN DEL 15 DE JULIO AL 15 DE AGOSTO

Se resume a continuación las principales incidencias graves registradas en el último mes en la RASFF de la UE:

  • Escherichia coli productora de shigatoxina en carne de ternera de Bélgica.
  • Recuento demasiado alto de Escherichia coli (7900 UFC / 100g) en mejillones vivos de Francia.
  • Tetrahidrocannabinol (THC) (838,2 mg / kg – ppm) y nuevo ingrediente alimentario no autorizado cannabidiol (CBD) (19888 mg / kg – ppm) en gotas de cáñamo orgánico de Austria.
  • Aflatoxinas (B1 => 24; Tot. => 24 µg / kg – ppb) en almendras sin cáscara de Estados Unidos.
  • Aflatoxinas (B1 = 8,4; Tot. = 17,7 µg / kg – ppb) en pistachos tostados salados de Turquía.
  • Fumonisinas (18255 µg / kg – ppb) en harina de maíz de Perú.
  • Listeria monocytogenes (presencia / 25g) en paté de Bélgica.
  • E 407 – carragenina no autorizada en mini tazas de gelatina de Tailandia y Singapur, a través de los Países Bajos.
  • Avellana, ingrediente lácteo y almendra no declarados en las galletas de Suecia.
  • Sulfito (143 mg / kg – ppm) no declarado en cigala refrigerada (Nephrops norvegicus) de Francia.
  • Sustancia prohibida nitrofurano (metabolito) furazolidona (AOZ) (4,7 µg / kg – ppb) en camarones vannamei crudos congelados de la India.
  • Salmonella enterica ser. Typhimurium (presencia / 25g) en brochetas de pavo marinado refrigeradas de Bélgica, con materia prima de Francia.
  • Salmonella enterica ser. Bareilly (presente / 25g) en semillas de nigella (Nigella sativa) de India.
  • Flonicamid (1,7 mg / kg – ppm) en fresas de España.

RASFF Portal

SEGURIDAD ALIMENTARIA JUNIO 2020

Boletín Seguridad Alimentaria Junio 2020

ESPAÑA

Publicado el informe del comité científico de AESAN sobre la aplicación en España del sistema de etiquetado NutriScore

Como es sabido, España quiere sumarte al sistema de etiquetado NutriScore. A tal efecto la AESAN ha solicitado un informe a su comité científico que curiosamente no se pronuncia sobre la bondad o no del modelo, y sólo ensalza la inclusión del aceite de oliva en sus conclusiones.

UNIÓN EUROPEA

1.346 toneladas de plaguicidas ilegales retirados del mercado en 2020: Operación Global Silver Axe

Europol coordinó la quinta edición anual de la operación Silver Axe, que tuvo el doble de productos ilegales incautados en comparación con la operación del año pasado. La operación se enfoca en la falsificación y el comercio ilícito de plaguicidas, y la de este último año tuvo lugar entre el 13 de enero y el 25 de abril e involucró a 32 países. Las autoridades llevaron a cabo inspecciones en las fronteras terrestres y marítimas, en los mercados interiores y en el envío de paquetería, verificando más de 3.000 toneladas de plaguicidas. En total, se abrieron 260 investigaciones y se incautaron 1.346 toneladas de plaguicidas ilegales.

Clorato: publicado en el DOUE el Reglamento de LMR en productos

El Reglamento UE 2020/749 fija nuevos límites máximos temporales de Clorato en determinados alimentos y:

  1. Afirma que el clorato es también una sustancia que se forma como subproducto del uso de desinfectantes a base de cloro en la transformación de alimentos y en el tratamiento del agua potable. Estos usos han dado lugar a la situación actual, en la que se detectan residuos de clorato en los alimentos.
  2. Aborda la fijación de LMR temporales en los alimentos y afirma que se revisarán dentro de cinco años (junio de 2025) en función de cómo evolucione la situación en relación con la higiene, el agua potable o los avances que hagan los explotadores de empresas alimentarias.
  3. Para tener en cuenta la situación específica de los residuos de clorato, estas contribuciones adicionales de residuos deben tenerse en cuenta a la hora de determinar el contenido permitido en los productos alimenticios transformados. En relación con dichas contribuciones adicionales, la carga de la prueba recaerá en los explotadores de empresas alimentarias y de piensos.

EFSA – Enzimas: solicitud de información adicional sobre transferencia de enzimas de frutas y vegetales para producir aceite vegetal

La EFSA ha solicitado a la Asociación de Fabricantes y Formuladores de productos Enzimáticos (AMFEP) que proporcione información/especificaciones técnicas para el procesamiento de frutas y verduras para la producción de aceite comestible:

  • Descripción en profundidad del proceso alimentario, en particular los pasos que conducen a la eliminación de la enzima alimentaria p. ej., extracción, separación, lavado.
  • Información sobre la transferencia o ausencia de transferencia de la enzima alimentaria a los alimentos tal y como se consumen, en particular:
    • Se requieren datos experimentales para proporcionar evidencia sobre la falta de transferencia.
    • Datos analíticos, que incluya información analítica, como el límite de detección/cuantificación (LOD/LOQ) y la composición del material analizado.
    • Referencia a la literatura publicada que justifica la información anterior (incluya información sobre la metodología de búsqueda p.ej., cadenas de búsqueda, etc.)

EFSA da de plazo a AMFEP hasta el 29 de octubre de 2020. Fuente: Anexo 1

Publicación del informe REFIT sobre legislación de productos fitosanitarios

Como parte del Programa de la Comisión de revisión de la legislación en vigor, se ha publicado el Informe sobre la comercialización de productos fitosanitarios (PP FF) y del Reglamento sobre LMR. Concluye que ambos Reglamentos prevén la protección de la salud humana y el medio ambiente y son eficaces en términos generales, si bien cabe mejorar su aplicación. Y dentro de la aplicación el ámbito crítico que más atención requiere es la eficacia (retrasos debido a la escasez de recursos y capacidad EM). El informe identifica las siguientes áreas en las que podría mejorarse la aplicación a corto y medio plazo:

  1. Mejora de la aplicación: hacer frente a los retrasos y aumentar la transparencia.
  2. Mejora de la aplicación de los criterios de limitación.
  3. Simplificación de la evaluación comparativa de las sustancias candidatas a la sustitución.
  4. Evaluación de riesgos acumulativos.
  5. Seguimiento ambiental y biológico.
  6. Definición de objetivos de protección ambiental y actualización de los documentos de orientación.
  7. Mejora del sistema zonal para las autorizaciones de PFS.
  8. Soluciones para usos menores.
  9. Aumento de la supervisión de las autorizaciones de emergencia.
  10. Mayor reducción de la necesidad de realizar ensayos con vertebrados.
  11. Promoción de una protección fitosanitaria sostenible, soluciones de bajo riesgo y una mitigación de los riesgos eficaz.
  12. Mejora del control del cumplimiento del Reglamento sobre los PFS.
  13. Mejora del control del cumplimiento del Reglamento sobre los LMR.
  14. Respuesta más rápida a las cuestiones emergentes relativas a los LMR y al progreso técnico.
  15. Uso de la diplomacia verde para promover nuestra agenda verde para los plaguicidas.
  16. Aumento de la coherencia interna y con la legislación de la UE.

INTERNACIONAL

EE.UU.: prevención de prácticas engañosas y protección al consumidor

La FDA ha presentado para revisión y autorización la Ley de reducción de trámites de 1995 con el objetivo de aumentar la prevención de prácticas engañosas y protección del consumidor, Protección de la salud y seguridad humana. La fecha límite para enviar comentarios y recomendaciones es el 19 de junio de 2020.

Cinco países solicitan a la UE restringir sustancias perfluoralquiladas

Las autoridades competentes de: los Países Bajos, Alemania, Dinamarca, Suecia y Noruega están preparando un análisis de las posibles opciones de restricción para el grupo de sustancias PFAS para limitar los riesgos para el medio ambiente y la salud humana derivados de su fabricación y uso. Las cinco autoridades nacionales prepararán la propuesta de restricción en los próximos dos años. Una vez que se presente la propuesta, se trasladará a los comités científicos de la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) para que emitan una opinión al respecto. Las decisiones sobre las restricciones del REACH son tomadas en la Comisión Europea por los EM de la UE y escrutadas por el Parlamento Europeo y el Consejo. Se espera que la posible fecha de entrada en vigor de esta restricción sea en 2025. LMR Canadá

Azoxistrobina LMR de 10 ppm para pasas, arándanos, moras, kunzea y moras de codorniz.

SALUD INTEGRAL NATURAL

Las nuevas tendencias en salud, nos llevan a la búsqueda del bienestar a través de la alimentación.

La obesidad como complicación de la evolución y tratamiento de múltiples enfermedades. Los diferentes alimentos procesados como causas de enfermedades y a la vez, las propiedades curativas de otros.

En el intestino se producen muchas sustancias, relacionadas con alergias, procesos inflamatorios, e incluso depresión.

Se ha visto que algunos componentes de los alimentos pueden producir reacciones inmunitarias en el intestino, desencadenar la producción de sustancias inflamatorias.

Los efectos de estas sustancias pueden manifestarse en el intestino o en otros órganos del cuerpo, produciendo la aparición de brotes o el agravamiento de enfermedades autoinmunes.

La dieta y un estilo de vida saludable son la clave de la salud integral natural.

Reducir el estrés, practicar ejercicio físico y como estrella fundamental, mejorar la calidad de las horas de sueño, siendo este factor determinante para la mejora del bienestar.

Es durante las horas de sueño cuando nuestro organismo se fortalece y recupera. Los últimos estudios asocian este tiempo en la mejora de nuestra micro biota.

Alimentos saludables:

  • Energéticos: patatas, mijo, yuca, boniato, tapioca, plátano verde, trigo sarraceno, arroz…
  • Grasas saludables: aguacate, pescado azul, semillas, aceite de coco y Ghee.
  • Cuidan el intestino: verduras y frutas.
  • Proteínas: pescado, carnes, huevos y legumbres.

Conclusión: la consciencia de nuestra alimentación y cuidado de nuestro sueño, base para el cambio hacia la salud.

NUEVA LEY DE RESIDUOS ESPAÑA.

Fuente: MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO.

Arranca la tramitación del anteproyecto de Ley de Residuos para impulsar una economía circular, mejorar la gestión de residuos en España y luchar contra la contaminación

LIMITACIONES A LOS PLÁSTICOS DE UN SOLO USO

Para ayudar a este fin, el anteproyecto traspone los objetivos contemplados tanto en la directiva de residuos de 2018 como en la de plásticos de un solo uso. En relación a estos últimos, por primera vez la legislación española, recoge limitaciones a determinados plásticos de un solo uso, restringiendo la introducción en el mercado de alguno de ellos y estableciendo un impuesto para avanzar en la reducción de los envases de plástico no reutilizables.

LÍMITES A LA COMERCIALIZACIÓN

Según el texto del anteproyecto, a partir del 3 de julio de 2021, quedaría prohibida la introducción en el mercado de los siguientes productos: bastoncillos de algodón, excepto si entran en el ámbito de los productos sanitarios; cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos); platos;  pajitas y agitadores de bebidas; palitos destinados a sujetar e ir unidos a globos, con excepción de los globos para usos y aplicaciones industriales y profesionales que no se distribuyen a los consumidores, incluidos los mecanismos de esos palitos; los recipientes y vasos para alimentos y bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones

PREVENCIÓN EN LA GENERACIÓN DE RESIDUOS

Con la finalidad de romper el vínculo entre el crecimiento económico y los impactos sobre la salud humana y el medio ambiente asociados a la generación de residuos, la norma da un papel protagonista a las medidas de prevención en la política de residuos, mediante la inclusión de objetivos concretos y cuantificables. El calendario para reducir el peso de los residuos producidos, que se añade al vigente del 10% en 2020, es el siguiente: en 2025, un 13%, y en 2030, un 15%, en todos los casos respecto a los generados en 2010.

DESPERDICIO ALIMENTARIO

Asimismo, y para luchar contra el desperdicio alimentario, la propuesta normativa incluye medidas para reducir los residuos alimentarios, previéndose algunas medidas específicas dirigidas a las industrias alimentarias, las empresas de distribución y de restauración colectiva. Además, se insta a las administraciones competentes a tomar medidas para frenar la generación de basura dispersa en el medio marino como contribución al objetivo de desarrollo sostenible de Naciones Unidas consistente en prevenir y reducir considerablemente la contaminación marina de todo tipo.

Para alargar la vida útil de los productos y combatir la llamada obsolescencia programada, el texto recoge que habrá que fomentar el diseño, la fabricación y el uso de productos que sean eficientes en el uso de recursos, duraderos, reparables, reutilizables y actualizables; y la reutilización de los productos y la implantación de sistemas que promuevan actividades de reparación y reutilización y en particular para los aparatos eléctricos y electrónicos, textiles y muebles, envases y materiales y productos de construcción.

PREFERENCIA POR EL AGUA NO ENVASADA

Al objeto de reducir el consumo de envases, las administraciones públicas deberán adoptar las medidas necesarias para reducir el consumo de agua embotellada en sus dependencias, entre otras, mediante el fomento de fuentes de agua potable en condiciones que garanticen la higiene y la seguridad alimentaria, suministrando agua en envases reutilizables, sin perjuicio de que en los centros sanitarios y educativos se permita la comercialización en envases de un solo uso.

REUTILIZACIÓN Y RECICLADO

En cuanto al resto de residuos, el texto marca los objetivos y medidas para fomentar la preparación para la reutilización y el reciclado fijándose un calendario de implantación para nuevas recogidas separadas: biorresiduos, cuyo calendario se adelanta a 31 de diciembre de 2021 para los municipios de más de 5.000 habitantes y a 31 de diciembre de 2023 para el resto; y textiles, aceites de cocina usados y residuos domésticos peligrosos, antes del 31 de diciembre de 2024.  

Asimismo fija objetivos más ambiciosos de preparación para la reutilización y reciclado de residuos municipales: en 2025, el 55% respecto de los residuos municipales generados; en 2030, el 60%, y en 2035, el 65%. Y regula la eliminación de los residuos, que deberá llevarse a cabo de manera segura, y en el caso del depósito en vertedero, tras haber sido sometidos los residuos a un tratamiento previo.

IMPULSO A LA ECONOMÍA CIRCULAR

Se trata de gestionar los residuos adecuadamente, pero también de utilizar esos residuos como recursos para generar otros productos o sustancias favoreciendo así el paso de una economía lineal (producir-consumir-tirar) a una circular donde se  apuesta por un sistema respetuoso con el medio ambiente y basado en la prevención, la reutilización, reparación y reciclaje. Este modelo permite extender la vida útil de los productos y dotarlos de una segunda vida y la recuperación de materiales.

 OBLIGACIÓN DE ADOPTAR INSTRUMENTOS ECONÓMICOS E INCENTIVOS

Asimismo, el texto normativo refuerza la jerarquía de residuos o, lo que es lo mismo, el orden de prioridad en las opciones de gestión de residuos: prevención; preparación para la reutilización; reciclado; otro tipo de valorización, incluida la valorización energética, y, como última opción, la eliminación.

REGISTRO DE PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS

Para asegurar la trazabilidad y aumentar la transparencia en la gestión de los residuos, se regula el Registro de producción y gestión de residuos que incorpora la información relativa a los productores y gestores de residuos, pero también relativa a las memorias anuales de gestión. Estas memorias anuales deberán recoger el contenido del Archivo cronológico, que es obligatorio para las entidades o empresas registradas, así como para los productores de residuos no peligrosos de más de 10 toneladas al año, y debe incluir la información sobre las operaciones de producción y gestión de residuos. Una de las novedades del anteproyecto es la obligación de llevar un registro cronológico a las entidades o empresas que generen subproductos y las que los utilicen.

Esta información deberá ser enviada periódicamente a las administraciones para la elaboración de los informes necesarios que permitan dar cumplimiento a las obligaciones comunitarias e internacionales de información. Por último, como novedad, se regula el sistema de información de residuos, sistema electrónico constituido de los registros, plataformas y herramientas informáticas que permiten disponer de la información necesaria para realizar el seguimiento y control de la gestión de los residuos y suelos contaminados en España.

RESPONSABILIDAD AMPLIADA DEL PRODUCTOR

En cuanto a la responsabilidad ampliada del productor del residuo la propuesta normativa revisa la regulación en coherencia con la normativa comunitaria, explicitando las obligaciones que se pueden imponer mediante Real decreto a los productores de producto, entre las que se encontraría el sistema de depósito, devolución y retorno, define las partidas de gestión de residuos que deben financiar los productores y los mecanismos de control para los sistemas individuales y colectivos que se creen.

SUELOS CONTAMINADOS

El anteproyecto de Ley contiene también la regulación de los suelos contaminados, manteniéndose el anterior régimen jurídico en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes, al procedimiento de declaración, a los inventarios de suelos contaminados y a la determinación de los sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de los suelos. Como novedad se ha incluido el Inventario Nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados, que será alimentado por los registros autonómicos.

EL ABANDONO DE RESIDUOS, INFRACCIÓN MUY GRAVE

El texto revisa el régimen sancionador incluyendo nuevas infracciones. Así, será considerado infracción muy grave el abandono, incluido el de la basura dispersa (“littering”), el vertido y la gestión incontrolada de residuos peligrosos y también de cualquier otro tipo de residuos, en este segundo caso, siempre que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente. Cuando no haya supuesto estos riesgos, se considerará infracción grave.

Tendrá también la consideración de muy grave la entrada en el territorio nacional de residuos peligrosos procedentes de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un país tercero, así como la salida de residuos peligrosos hacia los citados lugares, sin obtener los permisos y autorizaciones exigidos por la legislación comunitaria.

Las sanciones que contempla el anteproyecto son multas desde 50.001 euros hasta 2.000.000 euros, excepto si se trata de residuos peligrosos, en cuyo caso la multa podrá ser desde 350.000 euros hasta 2.000.000 euros, para las infracciones muy graves; desde 1.001 euros hasta 50.000 euros excepto si se trata de residuos peligrosos, en cuyo caso la multa será desde 10.001 euros hasta 350.000 euros, para las graves, mientras que las infracciones leves se sancionarán con una multa de hasta 1.000 euros y de hasta 10.000 si se trata de residuos peligrosos.

LÍMITES PARA PERCLORATO EN ALIMENTOS.

La Unión Europea fija nuevos límites para Perclorato en alimentos Será de aplicación a partir del 1 de julio 2020 Desde 2013 la UE ha investigado la presencia de Perclorato en frutas y verduras. El perclorato es un contaminante que se libera al ambiente procedente tanto de fuentes naturales como antropogénicas. En general, el agua de riego, el suelo y los fertilizantes son considerados como posibles fuentes de contaminación de Perclorato en alimentos. El 25 de mayo de 2020, mediante el Reglamento (UE) 2020/685 de la Comisión de 20 de mayo de 2020 y de cara a proteger la salud pública, se establecen en la legislación alimentaria europea los niveles máximos de Perclorato tanto en los productos alimenticios con un contenido significativo de este contaminante, como los productos alimenticios relacionados con la exposición en grupos vulnerables de la población (lactantes y los niños de corta edad). Se incluyen como modificación del Reglamento (CE) Nº 1881/2006. Se establece el contenido máximo permitido de perclorato en los siguientes alimentos:
Frutas y hortalizas: 0,05 mg/kg
excepto Cucurbitaceae y col rizada (0,10 mg/kg) y hortalizas de hoja y hierbas (0,50 mg/kg)

Té (Camellia sinensis), seco: 0,75 mg/kg

Infusiones de hierbas y de frutas, desecadas: 0,75 mg/kg

Preparados para lactantes: 0,01 mg/kg
preparados de continuación y alimentos para usos médicos especiales destinados a los lactantes y niños de corta edad, y preparados para niños de corta edad

Alimentos infantiles: 0,02 mg/kg

Alimentos elaborados a base de cereales: 0,01 mg/kg